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ANALISIS / Aún sin revisar leyes de modelos medulares de la Seguridad Social
Mora en reforma a pensiones y salud

En la propuesta de pensiones se contempla un ajuste de la edad de retiro
(Foto Archivo)
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Hasta la fecha sólo han recibido el visto bueno dos de los seis regímenes prestacionales (empleo, pensiones, salud, vivienda, adulto mayor y riesgos laborales) que se establecieron

MAYELA ARMAS H.

EL UNIVERSAL

En diciembre de 2002, se aprobó la Ley Orgánica de Seguridad Social, dos años y medio después apenas han recibido el visto bueno del Parlamento dos de los seis regímenes prestacionales y los medulares salud y pensiones aún se encuentran en la fase de revisión sin perspectivas de discusión.

La Comisión de Desarrollo Social Integral encargada de la redacción de los textos de los esquemas especiales apenas en este primer semestre del año comenzó a enviar algunos informes para la segunda discusión, por ello en marzo se autorizó la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat y en junio, la Ley de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

Este mes se inició la revisión de la Ley del Régimen de Servicios Sociales al Adulto Mayor y en las próximas semanas se remitiría la Ley de Empleo. Pero los marcos para las áreas de salud y pensiones permanecen en la comisión, debido a que todavía no se logra el consenso sobre los esquemas más adecuados.

Divergencias
La Ley del Régimen Prestacional de Salud tuvo su visto bueno en primera discusión en noviembre de 2004, de manera que ya han pasado siete meses de ello y aún no hay acuerdo.

La Ley de Seguridad Social establece la constitución de una sistema público nacional de salud mediante el cual se integran todas las estructuras, programas y servicios que se sostienen con recursos fiscales y parafiscales, pero manteniendo en parte el esquema de descentralización. La integración consiste básicamente en notificar las acciones ante el ministerio competente.

Sin embargo, hace unos meses el bloque oficialista de la Comisión presentó una propuesta de marco, en el cual se constituye un Instituto Nacional de Asistencia Médica que se encargará de "administrar los servicios y centros de salud previamente transferidos a los estados y municipios y revertidos al Ejecutivo".

Mediante esa propuesta se vuelve a un esquema de centralización de todo el sector salud, el instituto además se encargaría de administrar los centros de atención médica que transfiera el ministerio, entre otras funciones. El peso del esquema lo asumirá totalmente el fisco, pero los trabajadores igual tendrían que aportar 6,25% de su salario.

La propuesta generó diferencias entre los miembros de la Comisión, por lo cual la discusión se mantiene. Para cesar las divergencias el despacho de Salud tenía previsto enviar un proyecto de régimen prestacional, pero éste no ha sido consignado.

Incidencias
Al igual que el texto del esquema de salud, la Ley del Régimen Prestacional de Pensiones también está demorada. La propuesta ni siquiera ha sido enviada para su primera discusión, con lo cual no está claro el modelo que regulará el retiro de los trabajadores.

Según la Ley de Seguridad Social, los empleados tienen que cotizar a un esquema de aseguramiento colectivo (aportes en un pote) que será administrado por el Estado y de manera voluntaria pueden afiliarse a los planes complementarios tanto del sector privado como del público.

Esa decisión de que el régimen sea administrado por el Estado ha generado diferencias entre los miembros de la Comisión, dado el costo que implica para el Gobierno asumir la totalidad del esquema de pensiones más el período de transición cuyo gasto es elevado. De hecho las estimaciones del despacho de finanzas cuando se aprobó la Ley de Seguridad Social en el 2002 indicaban que sólo las pensiones tenían un impacto de 4,6% del PIB.

A pesar de las divergencias los asesores de la instancia parlamentaria consignaron una propuesta de ley en mayo a fin de que fuera revisada. En el anteproyecto se equipara la edad de retiro de las mujeres con la de las hombres, eso significa que para solicitar la pensión se requerirá haber cumplido los 60 años.

Se añade que a partir del sexto año de entrada en vigencia de la ley aumentará en un año la edad para el retiro y en 12 meses la cotización por año.

Para estimar la pensión se fija un parámetro de cálculo sobre el promedio de los salarios. El monto resultará de sumar los porcentajes de: reconocimiento del esfuerzo contributivo (años de cotización) y el aporte solidario de las personas de mayores ingresos hacia aquellas con menores ingresos. El número mínimo de años de cotización será 30.

En la propuesta se permite que los trabajadores independientes y los cooperativistas se afilien al régimen y realicen sus contribuciones. Dentro de los análisis se ha manejado que una parte del aporte sea asumida por el Estado. La contribución al esquema total será 14% del salario.

Pero este esquema continúa en revisión y sin consenso.



 
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