NELIDA FERNANDEZ ALONZO
EL UNIVERSAL
La organizaciones no gubernamentales Compromiso y Combate
contra el VIH/sida, Comvih y Acción Solidaria introdujeron
la mañana de ayer dos demandas de nulidad y amparo ante
las cortes Primera y Segunda en lo Contencioso Administrativo
en contra de actos realizados por la Superintendencia de Seguros.
Víctor Cróquer, abogado y director de Comvih, informó
que el organismo demandado es el encargado de chequear y validar
las pólizas de las diferentes compañías de
seguros y ha aprobado las pólizas presentadas por las
empresas Mapfre y Universitas de Seguros, instituciones que
contienen entre sus excepciones la cobertura de siniestros
por VIH/sida y por enfermedades de transmisión sexual,
respectivamente.
"Cuando se hace la salvedad de que no se cubren los gastos
generados por personas que viven con VIH, hay una evidente
discriminación", dice Cróquer y reitera que actualmente
muchas aseguradoras "no cubren a la persona en un siniestro
que tenga que ver con VIH/sida ni tampoco le cancelan la
póliza automáticamente".
El activista subraya que las compañías de seguros
pueden diseñar las pólizas de acuerdo con sus
particulares intereses, pero que es la Superintendencia
de Seguros el órgano que debería poner un freno
a las exigencias discriminatorias de esos contratos y
rechazar las que atenten contra los derechos de los venezolanos.
"Es por eso que descartamos desde un principio intentar
una demanda contra las empresas aseguradoras, pues están
funcionando con autorización. La demanda que presentamos
se hace contra el acto de autorización de las pólizas
por parte de la Superintendencia de Seguros, y se pide
la nulidad del acto administrativo", dice y agrega que
esta acción está acompañada de un amparo
constitucional "por violación de derechos humanos".
Según el abogado, existen más de 45 aseguradoras
registradas en la Superintendencia y la mayoría
contienen estas disposiciones discriminatorias, por
esta razón los representantes de las ONG piden
la aplicación de tres principios: principio de
autotulela de la administración, para que el
ente señalado corrija su error y principios de
celeridad y economía procesal.
Se solicita que el tribunal "ordene la inmediata
revisión de todas las pólizas existentes
y que a futuro no tengan disposiciones discriminatorias".