Los productos que ya se encuentran deben ser vendidos antes del 30 de junio de 2010
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Como parte de las políticas que el Ejecutivo nacional está implementando para fomentar el uso "eficiente y racional" del consumo eléctrico, resolvió mediante decreto prohibir la importación de algunos artefactos de uso doméstico.
De acuerdo con la resolución publicada en la Gaceta Oficial N° 39.298, "se prohíbe la importación de equipos nuevos de acondicionadores de aire tipo ventana, compacto y splits" que no cumplan con las siguientes especificaciones:
De los tipos ventana y minisplit (consola) no están permitidos aquellos cuya capacidad de enfriamiento sea menor o igual a 12.000 (BTU) cuyo consumo de energía sea 9,8; asimismo quedan prohibidos los aires con capacidad de enfriamiento mayor a 12.000 (BTU) con consumo superior a 9.
Los comercios consultados por este diario señalaron que estos aparatos son de uso doméstico, cuyo consumo de energía es moderado y principalmente se utilizan para habitaciones y salas de estar de poco metraje.
Igualmente, queda prohibida la importación con fines comerciales de refrigeradores, congeladores y refrigeradores-congeladores con fines domésticos y comerciales; así como equipos de climatización de agua helada (chiller) que sean usados, reconstruidos o descontinuados.
La resolución exceptúa estos aparatos que ya se encuentran en zona aduanera, pendiente de despacho o en tránsito hacia el país antes de la fecha de publicación de la Gaceta (3 de noviembre 2009), productos que serán acreditados con un documento de transporte.
No obstante, "los equipos ya importados sólo podrán ser comercializados en el país hasta el 30 de junio de 2010".
Los aires acondicionados tipo ventana, compactos o split que sean comercializados en el país, deberán incorporar en un plazo de seis meses, desde ayer, una etiqueta que indique la eficiencia energética o el nivel de relación de eficiencia eléctrica.
En contrasentido
Francisco Otero, presidente de la Asociación de Importadores de la Zona Libre de Paraguaná, señaló que en el caso de los aires acondicionados contemplados en dicha resolución son productos estándares, de uso doméstico y de bajo consumo eléctrico. Además, considera que condicionar la importación de esos aparatos impactará los costos a los ciudadanos.
Esta medida afecta directamente a los venezolanos, pues de acuerdo con Otero los aires acondicionados actualmente forman parte de los equipos de primera necesidad en los hogares venezolanos, no sólo en el interior del país sino también en la capital.
En cuanto a los refrigeradores y calentadores destaca que ambos forman parte de la vida moderna y eso los hace esenciales. Considera que en lugar de prohibir su importación deberían potenciar el uso de aparatos con bajo consumo eléctrico o con tecnologías más amigables con el medio ambiente.
"Para el sector comercial traerá pérdidas pues al tener que salir del inventario en un plazo establecido originará una sobreoferta en el mercado, con un desplome de los precios al consumidor final que terminará aumentando el consumo", agregó.
Otero indicó que la medida también acarreará pérdidas financieras para los importadores y distribuidores que ya tengan pedidos programados con los fabricantes para el segundo semestre del próximo año.
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